Un poco de contexto
El 1 de agosto de 2023, Donald Trump fue acusado por cuatro cargos penales relacionados con interferencias en el proceso electoral del año 2020. El expresidente solicitó desestimar la acusación, pero el distrito de Columbia negó esta petición.
En noviembre 18 de 2022, el Fiscal General de los Estados Unidos, Merry Garland, designó a John L. Smith como consejero para llevar a cabo investigaciones del presunto saboteo electoral por parte de Trump.
Basado en las pruebas presentadas en contra del ex mandatario, un gran jurado de Washington D.C emitió la acusación de los cargos y agregó que sus afirmaciones constantes de fraude en las elecciones alentaron y resultaron en los hechos violentos ocurridos en el capitolio en enero de 2021.
Dentro de los cargos que se le imputan están:
- Conspiración para anular resultados electorales
- Obstrucción de procedimiento
- Intento de obstrucción del certificado electoral
- Conspiración contra los derechos de una persona o más personas a votar y al recuento de sus votos.
Qué sigue?
El fallo publicado por la Corte cita múltiples veces que el presidente no goza de inmunidad absoluta frente a las acusaciones penales emitidas por los fiscales estatales y federales, y puede ser obligado por los tribunales a responder.
Así la situación, Trump deberá enfrentar los cargos que se le imputan. El Tribunal del Distrito de Columbia fijó la fecha del juicio para el 4 de marzo de 2024.
La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia ha incluido en la negación de inmunidad un principio de la Corte Suprema de los Estados Unidos que dicta:
“Ningún hombre en este país es tan alto que esté por encima de la ley. Ningún Agente de la ley puede desafiar impunemente esa ley. Todos los funcionarios del gobierno, desde el más alto hasta el más bajo, son criaturas de la ley y están obligados a obedecerla” (States v. Lee, 106 U.S. 196, 220 (1882)).